¿Quién esta obligado a cumplir con la LOPD Ley oficial de protección de datos?
Todos los profesionales, empresas o entidades que traten datos de terceros (personal, clientes, proveedores, ...) están obligados a inscribir sus ficheros en el Registro General de Protección de Datos e implantar las medidas de seguridad: - Asociaciones, ONG’s,... - Profesionales: Abogados, Arquitectos, Ingenieros, Médicos, Odontólogos, etc... - Centros de Salud: clínicas médicas, hospitales..
- Centros de Enseñanza: academias, colegios, universidades... - Empresas: Hoteles, Constructoras, Agencias de seguros, Agencias de viajes, Agencias inmobiliarias, Asesorías Jurídicas... - Partidos políticos y Sindicatos. - Entidades religiosas. - ……..etc.
La LOPD indica que será una vez cada dos años, comenzándose a computar los mismos a partir de que se comenzaron a tratar dichos datos, con el matiz de que para los datos de salud, ideología, religión, creencias, origen racial y vida sexual hubo una prórroga del plazo, pero que la misma acabó, siendo totalmente obligatoria dicha auditoría ya desde enero de 2002, por lo que en enero de 2004 venció ya el plazo, estándose cometiendo la infracción ahora mismo si no se ha confeccionado aún la misma estando obligado a ello.